Apropiación caritativa de "hijos"

Tan sólo unos pocos conceptos sobre la adopción

– La adopción es un derecho exclusivo del niño, que posee, como lógico correlato, un derecho-deber de los adultos, que llegaron a cumplir el status jurídico de padres adoptivos.

Artículo 24 del Código Civil Argentina - Formas de Filiación

– El Ordenamiento Normativo de la Argentina dice que se puede ser padres de dos maneras: por naturaleza o por adopción. Cualquier forma que se pretenda, fuera de estos cánones legales se llama apropiación y está tipificado en los códigos penales, en los países civilizados como tráfico humano, aunque esté mostrado, relatado o disfrazado o no de caridad o solidaridad. (Más abajo, se verá un video que muestra a la perfección lo que ocurre, cuando ésto que señalamos, no es respetado).

– Todo padre adoptivo, para ser tal, tiene que ajustarse a un trámite legal, por cuanto de esa manera, el Juez, antes de otorgar la guarda con fines de adopción, dicta lo que se denomina Sentencia de Resolución de estado de Adoptabilidad, mediante la cual como única autoridad, disuelve, definitivamente, el lazo que hasta ese momento, mantenía la criatura con su familia de origen, luego de la cual, no existe ningún fundamento de parte de nadie para reclamárselo.

– Todos los que no cumplen el requisito mencionado, cometen actos delictivos y pueden ser denunciados por cualquier familiar biológico del niño, para su restitución, o por tercero interesados o no interesados, por ser un delito de acción pública, hasta la mayoría de edad del niño. Esto implica, sostener la mentira, durante 18 años o la angustia de perder el niño, por haber sido un trámite ilegal.

Situación actual de la adopción en Argentina

– Cada vez demoran más los trámites de adopción por cuanto cada vez llegan menos recién nacidos a los Juzgados para ser dados en adopción.

– La ley 24.779, que regula el instituto jurídico de la adopción, efectúa entregas legales de bebés, tan sólo en un 25%, el resto, el 75% no pertenece a la administración del Gobierno Nacional ni provinciales, sino a transacciones comerciales de bandas de traficantes, instalados en 3 fábricas de recién nacidos establecidas desde hace más de 70 años en la Argentina.

-Esta es la razón por cuanto usted no debe creer que modificando la ley se resuelve esta situación, por cuanto si dicha mejora ocurriera, tendrá incidencia tan sólo en el 25% de la cuestión. Por lógica, al tráfico y la trata de bebés se la resuelve persiguiendo judicial y policialmente a los traficantes, cosa que aún no se ha escuchado de parte de ningún político ni funcionarios.

– Para tener una idea sobre la cantidad de niños a los cuales nos referimos, se debe considerar que desaparecen un promedio de 12 bebés por semana, nada más que del sureste de la provincia de Santiago del Estero, una de las tres fábricas de recién nacidos de Argentina.

– Sin la complicidad de las autoridades nacionales y provinciales, no podría existir el tráfico ni la trata de bebés. Observe como uno de los protectores de estas bandas, sin que se le mueva un músculo afirma ante la Cámara de diputados y senadores de su provincia, el 24.03.2006, sin que luego y a pesar de la gravedad de sus propias declaraciones, haya tomado ningún tipo de medida. Se llama Gerardo Zamora e impunemente, continúa siendo gobernador de la provincia de Santiago del Estero:

Declaraciones públicas del Dr. Gerardo Zamora, el 24.03.2006 ante la Cámara de diputados y senadores de Santiago del Estero

– Mientras las personas de bien, desean adoptar un niño, en este negocio, en la Argentina actual, están involucrados, ya sea por acción o por omisión, las dos maneras de cometer un acto ilícito que determna nuestro Código Penal, son: presidentes, vicepresidentes, senadores, diputados, gobernadores, obispos, monjas, sacerdotes, directores de hospitales, escribanos, médicos, abogados, parteras, clínicas privadas, jueces de paz, defensores de menores, fiscales, dueños de hoteles, etc.

¿Cuál es el destino de los bebés apropiados por estas mafias?

La minoría de los bebés apropiados, son vendidos para cumplir roles de hijos, en Argentina como en países de Europa. La mayoría, son sacados hacia el extranjero para ser vendidos a las industrias de la pornografía y la prostitución infantil, distintos tipos de explotaciones laborales, mendicidad, desguace de órganos, utilización de sus genitales para extracción de sustancias peligrosas, y hasta para ritos satánicos.

La solución

Se pondrá en movimiento, cuando comprendamos, que ante la demora en la adopción, no debemos salir a conseguir un hijo, no se resuelve con derramarse hacia el delito, sino de reclamar que nos devuelvan los derechos que a cada ciudadano le corresponde para poner en acto los tan declamados Derechos del Niño y la aptitud cívica, de cada adulto para prohijar. El camino de la adquisición de un niño para hacerlo cumplir rol de hijo en una casa de familia, es en si misma una frase inexplicable.

¿Qué es lo que no debo hacer nunca?

Nunca intente, aunque esté tentado o le sobrevenga angustia por la situación particular de un niño, llevarlo a su casa, bajo ninguna condición. Cualquier transacción, arreglo, acuerdo o lo que sea que usted haga con cualquier miembro de esa familia, o tercero, es ilegal y correrá el riesgo, de que en cualquier momento, cuando usted y el niño se hayan acostumbrado y participen de la vida de hogar, aparezca cualquier pariente biológico y se lo reclame legalmente.

Observe en este pequeño video, una situación planteada a un abogado de la provincia de Córdoba, que ante penurias de dos niños, en vez de acudir a la Justicia, lo resolvió llevándoselos a su casa. Cuando veamos el video:

En primer lugar, vamos a dejar de lado a los funcionarios que toman decisiones torpes, en desmedro de estas dos criaturas y vamos a concentrarnos en la opinión del que vamos a ver en la declaración, donde comienza su calvario, cuando “decide” contactarse con una persona del entorno familiar y expresa: “Por lo cual nos contactamos con ella, para colaborar en la crianza” ese, es el preciso momento, en que los niños también, luego de vivir con ellos, nuevamente son separados e institucionalizados. Si este señor, hubiera hecho las cosas como lo dictan las normas, ningún funcionario, de ninguna área podría haberlo restituido a la madre biológica ni internarlos nuevamente.

Veamos:

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Escribió Julio César Ruiz

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