Qué es la identidad de origen

Hay personas que buscan sus orígenes, esto es querer o necesitar saber de dónde salieron, quiénes fueron sus padres, quiénes sus familiares, muy probablemente los motivos de sus abandonos o porqué o quién les robó sus hijos al nacer en el caso de los papás.

Dicen, incluidos abogados, que a su vez son buscadores, que luchan por lograr su verdadera identidad de origen, cuando en realidad este concepto no tiene nada que ver con lo que debieran estar concentrados en encontrar.   

Esta equivocación trae como consecuencia obvia, que si no se sabe qué es lo que se busca, muy probablemente nunca se encuentre nada.   

Para desenmadejar esto rápidamente, comencemos por comprender qué es la identidad:

Un diccionario común alude a que la identidad es la circunstancia de ser una persona o cosa en concreto y no otra, cuestión ésta, que la determinan un conjunto de rasgos o características particulares que la diferencian de otros.

La identidad es la identificación, las señas particulares de una persona que la identifican como tal y permiten no confundirla con otra.

Para ser más concretos, la identidad es sólo esto:

Habiendo dejado claro esto, ahora veamos qué es lo que en realidad se debe buscar y porqué.

Antes una aclaración:

Las leyes tienen como función esencial resguardar bienes y valores. Un ejemplo nos permitirá entenderlo: la violación sexual de una persona es delito por cuanto el bien jurídico que protege, que es la libertad sexual de la víctima fue vulnerada.

Vamos ahora al caso del derecho a la identidad. El bien jurídico protegido es el derecho a tener un nombre, una identificación particular que nos diferencie de las demás personas dentro de un tiempo, de un territorio y de una a comunidad dada.   

Ese bien jurídico, en el caso de los apropiados de todos los tiempos ya lo tenemos. Ellos, ya ejercieron por nosotros ese derecho. Si insistimos en que somos buscadores de la verdadera identidad de origen no sólo negamos el verdadero derecho vulnerado, sino que sólo apelamos a que nos cambien nuestra identificación personal.   

Si esta es la petición nos imaginemos las palabras del juez al final de la causa: “¡Genial señor, ahora dígame cómo quiere llamarse?   

Yo soy para todos, incluidos mis hijos Julio César Ruiz, con un número de DNI, nacido el día 5 de Enero de 1951 y es un derecho que ya lo tengo, ya lo he logrado, al punto que cuando alguien menciona mi nombre por la calle me doy vuelta para saludarlo.

En el caso de los millones de Buscadores de Todos los Tiempos, no hubo un bien jurídico que haya estado protegido, pero en realidad ¿Cuál es?  

El verdadero derecho vulnerado de una persona apropiada

En el apropiado, la vulneración que ocurrió fue en el momento del nacimiento o tiempo similar y fue el derecho a ser hijos de la mujer que nos tuvo nueve meses dentro y nos parió, vulneración esta, por supuesto reversible ya que contiene en el mismo momento el derecho a ser madre o padre.

En ese momento, alguien se atribuyó, a espaldas del ordenamiento jurídico y con la participación del Estado a través del registro civil, el “derecho” a decidir quién es hijo de quién y es exactamente allí a donde no estuvo nadie para protegernos.    

En orden a ello, el bien jurídico que debemos reclamar los Buscadores de Todos los Tiempos es el Derecho a ser mamá, papá o hijos.   

Cómo será que solicitar “identidad” no es lo técnicamente correcto, menos aún humano, que nadie aún lo reclamó, al punto que robar un niño en la Argentina, aunque usted no lo crea, no es delito.

Por ello, cuando usted dice estar buscando lo que probablemente nunca encontrará, en 13 provincias del país, se continúan comprando y vendiendo recién nacidos con total impunidad.   

Escribió Julio César Ruiz

De dónde proviene esta incorrecta manera de denominar esta vulneración

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